Art. 1 — Definiciones
Afiliado: Persona física o jurídica que acepta estos Términos y participa del Programa. Comercio Referido: Negocio gastronómico registrado en FEKA con el enlace único del Afiliado. Comisión Operativa: Retribución porcentual sobre ingresos netos de FEKA provenientes del Comercio Referido. CPA: Bono único por comercio incorporado que cumpla condiciones de elegibilidad. Período de Comisión: Lapso desde el alta del comercio durante el cual el Afiliado percibe comisión.
Art. 2 — Alta y aceptación digital
Puede participar toda persona física mayor de 18 años o persona jurídica con CUIT/CUIL activo ante AFIP. Al hacer clic en "Aceptar y continuar", el Afiliado manifiesta consentimiento pleno con estos Términos. Dicha aceptación tiene validez jurídica conforme al Código Civil y Comercial (Art. 262) y la Ley 25.506 de Firma Digital, y queda registrada con fecha, hora e identificador de cuenta.
Art. 3 — Comisión operativa
El Afiliado percibe un porcentaje sobre los Ingresos Netos efectivamente percibidos por FEKA de cada Comercio Referido activo, durante el Período de Comisión. Tu porcentaje acordado: —. Tu Período de Comisión: — desde el alta de cada comercio. Vencido el período, el Afiliado deja de percibir comisiones por ese comercio sin derecho a reclamo. Si un comercio no registra actividad en un mes, la comisión de ese mes es $0.
Art. 3 BIS — Condición de cobro efectivo (esencial)
La comisión del Afiliado se devenga única y exclusivamente sobre los importes que FEKA haya percibido efectivamente del Comercio Referido, según el registro contable de FEKA en el Master Sky. Mientras el Comercio mantenga saldos pendientes de restituir a FEKA, el Afiliado no tendrá derecho de cobro ni de reclamo sobre la porción no percibida, sin importar el modelo de cobranza, el método de pago utilizado o el motivo del retraso. Esta condición es esencial e irrenunciable: el Afiliado reconoce expresamente que es acreedor de FEKA solo en la proporción de lo efectivamente cobrado por FEKA al Comercio. Si el Comercio paga parcialmente, el Afiliado cobra la proporción correspondiente; si nunca paga, el Afiliado nunca cobra esa porción y no podrá reclamar a FEKA, al Comercio ni a terceros. Esta cláusula se aplica con independencia del Período de Comisión: aunque el período de 6 meses (o el acordado) haya vencido, si FEKA percibe cobros tardíos correspondientes a meses dentro del período, esas porciones se devengan al Afiliado al momento del cobro efectivo.
Art. 4 — Bono CPA
El CPA es un pago único por Comercio Referido que cumpla las condiciones. Estado en tu cuenta: —. Monto: —. Condición: el comercio debe haber procesado al menos — en los primeros 30 días desde su alta. FEKA evalúa automáticamente al día 30 y notifica el resultado. Cláusula de recupero: si el comercio se da de baja antes de 90 días del alta, FEKA puede descontar el CPA del siguiente pago al Afiliado.
Art. 5 — Atribución de comercios
Un comercio se atribuye al Afiliado únicamente si se registra en FEKA usando el Enlace Único de Referido. No hay atribución retroactiva ni por declaración unilateral. En registros duplicados, solo cuenta el primero. En conflictos entre Afiliados, FEKA resuelve a su criterio razonable.
Art. 6 — Ciclo de pagos y factura obligatoria
Las Comisiones Operativas se liquidan entre los días 1 y 10 del mes siguiente al devengado, siempre y cuando FEKA haya percibido efectivamente los importes correspondientes (ver Art. 3 BIS). El CPA se liquida dentro de los 15 días hábiles de confirmada la elegibilidad. Requisito habilitante: emisión y carga de factura. El Afiliado debe emitir factura electrónica válida ante AFIP/ARCA por el importe a cobrar y subirla al Portal en formato PDF. FEKA no realizará ningún pago (transferencia bancaria, Mercado Pago u otro medio) hasta que la factura esté cargada, validada y aprobada en el Portal. Si el Afiliado no factura, el saldo pendiente queda registrado en el Portal sin interés ni actualización, hasta que cumpla el requisito. Pasados 12 meses sin factura emitida desde el devengo, el saldo prescribe a favor de FEKA. FEKA puede retener pagos ante discrepancias o investigación de conducta irregular.
Art. 7 — Naturaleza de la relación
La relación es estrictamente comercial e independiente. No existe relación de empleo, dependencia laboral, sociedad ni mandato. El Afiliado opera con autonomía total: fija sus propios horarios y métodos. No hay exclusividad: el Afiliado puede trabajar con otras plataformas. No puede representar a FEKA ni obligarla frente a terceros.
Art. 8 — Obligaciones fiscales
El Afiliado es el único responsable de sus obligaciones ante AFIP/ARCA. Debe acreditar condición fiscal activa (monotributista o responsable inscripto) y emitir factura por cada liquidación. Si es monotributista, FEKA no retiene IVA. Si es responsable inscripto, FEKA retiene el IVA correspondiente (21%). Pueden aplicar retenciones de Ganancias según el monto y condición fiscal.
Art. 9 — Confidencialidad
El Afiliado no puede revelar información de FEKA (comisiones, base de clientes, estructura técnica, estrategia comercial) durante la vigencia del Programa y por 2 años desde su finalización. El incumplimiento faculta a FEKA a dar de baja inmediata y reclamar daños.
Art. 10 — Conductas prohibidas
Está prohibido: crear comercios ficticios, manipular el sistema de atribución, registrar comercios ya existentes en FEKA, hacer promesas que excedan lo que FEKA ofrece, usar la marca FEKA sin autorización. El fraude habilita a FEKA a dar de baja inmediata, recuperar comisiones liquidadas e iniciar acciones legales.
Art. 11 — Modificaciones
FEKA puede modificar parámetros del Programa (porcentaje de comisión, período, monto y condiciones del CPA, u otros términos) con 30 días de preaviso. La notificación se realiza por email a la dirección registrada del Afiliado y/o mediante reapertura obligatoria del modal de Términos en el Portal en el siguiente ingreso. Si el Afiliado continúa operando con su Enlace Único o no rechaza formalmente por escrito dentro de los 30 días, se considera aceptación tácita de los cambios. Los cambios no aplican retroactivamente a comisiones ya devengadas.
Art. 12 — Terminación
Cualquiera de las partes puede terminar la relación con 15 días de preaviso sin expresión de causa. FEKA puede dar de baja inmediata y sin compensación por fraude, incumplimiento grave o conducta perjudicial. Tras la baja, el Enlace Único queda desactivado y FEKA liquida comisiones devengadas hasta esa fecha.
Art. 13 — Propiedad intelectual y uso de marca
Todos los derechos sobre la plataforma FEKA, su marca, logo, software, código, diseño, contenido y materiales son propiedad exclusiva de FEKA. El Afiliado recibe una licencia limitada, revocable, no exclusiva e intransferible únicamente para usar su Enlace Único de Referido y los materiales promocionales que FEKA le provea. Queda expresamente prohibido: registrar dominios, cuentas en redes sociales o nombres comerciales que contengan "FEKA" o variantes confundibles; modificar el logo o identidad visual; crear contenido que sugiera representación oficial de FEKA; ejecutar campañas de pauta paga (Google Ads, Meta Ads, etc.) que pujen por términos de marca FEKA sin autorización escrita previa. El incumplimiento habilita la baja inmediata y reclamo de daños.
Art. 14 — Limitación de responsabilidad
FEKA no garantiza disponibilidad continua e ininterrumpida de la plataforma, niveles de actividad de los comercios referidos, ingresos esperados ni continuidad del Programa. FEKA no responde, en ningún caso, por: lucro cesante, pérdida de oportunidad, daño indirecto, daño moral, daño emergente derivado de decisiones comerciales del Afiliado, interrupciones temporales del servicio, errores en datos provistos por terceros, ni por la conducta o solvencia de los Comercios Referidos. La responsabilidad total acumulada de FEKA frente al Afiliado, por cualquier concepto, queda limitada al equivalente a las comisiones efectivamente liquidadas en los 3 meses inmediatamente anteriores al evento que origine el reclamo. Esta limitación se aplica salvo dolo comprobado de FEKA.
Art. 15 — Indemnidad
El Afiliado mantendrá indemne a FEKA, sus dueños, directores, empleados y vinculados frente a cualquier reclamo, demanda, multa, sanción administrativa o costo (incluidos honorarios legales razonables) que derive de: (a) incumplimiento de estos Términos por parte del Afiliado; (b) declaraciones, garantías o promesas hechas por el Afiliado a terceros que excedan lo que FEKA ofrece; (c) uso indebido de la marca o materiales de FEKA; (d) incumplimiento de obligaciones fiscales del Afiliado; (e) daños causados a terceros por acción u omisión del Afiliado en el marco del Programa.
Art. 16 — Comunicaciones
Las comunicaciones oficiales se realizan por el Portal o al email registrado del Afiliado. El Afiliado es responsable de mantener su email vigente y revisar regularmente sus comunicaciones. Una notificación enviada al email registrado se considera válidamente recibida.
Art. 17 — Protección de datos
El tratamiento de datos personales se rige por la Ley 25.326. FEKA recopila los datos necesarios para la gestión del Programa y no los cede a terceros salvo obligación legal. El Afiliado puede ejercer derechos de acceso, rectificación y supresión. El Afiliado, a su vez, se compromete a tratar conforme a la Ley 25.326 cualquier dato personal de Comercios Referidos al que acceda en el marco del Programa.
Art. 18 — Jurisdicción y ley aplicable
Ley aplicable: República Argentina (Código Civil y Comercial, Ley 26.994). Jurisdicción: Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder. Las partes intentarán resolver disputas de forma directa en los 15 días hábiles previos a cualquier acción judicial.
Art. 19 — Disposiciones generales
Estos Términos constituyen el acuerdo íntegro entre las partes y reemplazan cualquier comunicación previa. La nulidad o invalidez de una cláusula no afecta la validez de las restantes, que continuarán plenamente vigentes. La omisión o demora de FEKA en ejercer un derecho no implica renuncia al mismo. El Afiliado no puede ceder estos Términos ni sus derechos derivados sin autorización escrita previa de FEKA. FEKA puede ceder sus derechos y obligaciones a sociedades vinculadas o sucesoras sin necesidad de consentimiento del Afiliado.
Versión 2.0 — Abril 2026. Al aceptar, declarás haber leído y comprendido íntegramente estos Términos y Condiciones del Programa de Afiliados FEKA.